La importancia del registro de marca

Zambrano
Nov 17, 2017

Uso de herramientas en la actualidad

Hoy en día en un mundo globalizado, con diferentes tratados de libre comercio, la disponibilidad de herramientas tecnológicas y la presencia en la WEB, le brinda la oportunidad a empresarios de exportar sus productos y servicios de una manera un poco más sencilla a como se debía realizar antes de la entrada en vigencia de estos tratados binacionales, y cuando no existía la internet.

Estas herramientas, permiten que seamos más visibles no solo con nuestros clientes y proveedores, sino también frente a la competencia y es precisamente a partir de estos últimos, que se hace más importante la protección de los diferentes signos distintivos con los cuales los empresarios comercializan sus productos y servicios.

Todos nosotros tenemos competidores directos que por lo general siempre están identificados, pero muchas veces aparece la figura de oportunistas quienes aprovechan el trabajo realizado con mucho esfuerzo por un empresario y el cual, no ha protegido sus marcas siendo un punto débil fácil de atacar. 

Y así de fácil, este oportunista puede solicitar los derechos de la marca y dejarlo sin nada.

Protección para los empresarios

Los diferentes países tienen una reglamentación clara y buscan la protección de estos derechos para los diferentes empresarios, tanto locales como a los extranjeros que buscan incursionar en mercados locales; es así que encontramos tratados o convenios como: Convenio de Paris, Tratado de Washington, Convenio de Berna, Tratado de Singapur, Decisión 486 de la Comunidad Andina, entre otros; que velan por los derechos de los diferentes empresarios.

En Colombia nos rige la Decisión 486 de la Comunidad Andina que no solo es la legislación válida para Colombia sino para países miembros como Ecuador, Perú y Bolivia.

En nuestro país la concientización del empresario sobre este tema se ha visto reflejado en las solicitudes que recibe la Superintendencia de Industria y Comercio (único ente que otorga estos derechos), las cuales en publicaciones de gaceta oficial refleja un aumento de solicitudes.  Hace un par de años atrás, se publicaba cada mes una gaceta oficial con un promedio de 800 solicitudes; hoy en día, la entidad emite hasta 3 gacetas mensuales con un promedio de 600 solicitudes es decir, aproximadamente 1000 solicitudes mensuales más que hace 2 años.

Ahora bien, ¿Qué gana un empresario al registrar su marca?

Algunos de sus beneficios:

    • La marca es un activo intangible de la empresa.
    • La explotación de un bien o servicio de manera exclusiva.
    • Concesión por 10 años renovables indefinidamente en el tiempo.
    • Inicio de procesos de competencia desleal por infracción a derechos concedidos.
    • Posicionar un nombre y buscar la notoriedad en el mercado.
    • Reconocimiento de un bien o servicio identificado con un nombre (marca).  
  • Otorgamiento de licencias de uso y franquicias.

Cabe anotar que uno de los errores más frecuentes que cometen los empresarios,  es asumir que el solo registro ante la  cámara de comercio les concede estos derechos y no es así, ya que frente a las cámaras de comercio se hace un registro o declaración como comerciante con una actividad económica determinada, el registro de las marcas es muy diferente puesto que un empresario con un nombre o razón social puede manejar muchas marcas; por ejemplo:

Un empresario solicita su inscripción como comerciante ante la cámara de comercio de su región como Distribuidora de aceite “Las Palmitas”, su objetivo es la distribución y comercialización de aceites comestibles al por mayor y al detal.

A su vez desea comercializar 3 tipos de aceites para cada segmento de mercado donde desea participar,  para lo cual crea 3 marcas diferentes para competir, esas marcas son:

    • La Palmera: Aceite que reúne la mezcla de diferentes aceites vegetales, para competir con la línea de aceites económicos.
    • El estadero: Aceite elaborado 100% de soya, para competir con la línea de aceites de precio medio.
  • Mi Sol: Aceite elaborado 100% de girasol, libre de trans, para competir con la línea de aceites premium.

Este empresario debe registrar cada marca ante la SIC, para obtener de manera exclusiva el uso de estos nombres, pues la cámara de comercio lo registró como empresario del sector alimenticio de aceites más no concede derechos sobre las marcas a comercializar.

Para registrar su marca, hay que tener en cuenta una serie de requisitos que se deben cumplir ante la entidad y unos pasos fundamentales para que la concesión sea un éxito.

Es importante aclarar que todo lo que queramos registrar ,pasa por un proceso de examen de forma y de fondo que realiza la entidad la cual determina si los nombres que queremos utilizar son viables o no, y que no exista un empresario que tenga estos derechos adquiridos con anterioridad.

Si su deseo es iniciar con esta protección, lo invitamos a que visite el sitio web de la Superintendencia de Industria y Comercio http://www.sic.gov.co/ o recibir asesoría externa como la ofrecida en nuestra firma.

Por último, no me resta sino desearles éxitos en cada uno de sus negocios y emprendimientos empresariales.

Les dejo esta frase pronunciada por uno de los funcionarios de la entidad de quien no recuerdo su nombre, pero que encierra una gran realidad en este tema: El registro de la marca es un trámite simple, mas no un simple trámite

Por: Andrea Donato Castillo

Gerente General

Consulting Group MARADO

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